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  Nacional  Penas perpetuas impuestas estarían sujetas a revisión
Nacional

Penas perpetuas impuestas estarían sujetas a revisión

21 de marzo de 2026
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Samuel Amaya @SamuelAmaya98 El fiscal general de la República, Rodolfo Delgado, explicó en la Comisión Política de la Asamblea Legislativa que las penas perpetuas que sean impuestas a violadores, homicidas y terroristas serán sometidas a revisión tras 25 a 40 años de permanecer en prisión. “Como fiscal general de la Republica veo con beneplácito la …
La entrada Penas perpetuas impuestas estarían sujetas a revisión aparece primero en Diario Co Latino. Samuel Amaya @SamuelAmaya98 El fiscal general de la República, Rodolfo Delgado, explicó en la Comisión Política de la Asamblea Legislativa que las penas perpetuas que sean impuestas a violadores, homicidas y terroristas serán sometidas a revisión tras 25 a 40 años de permanecer en prisión. “Como fiscal general de la Republica veo con beneplácito la …
La entrada Penas perpetuas impuestas estarían sujetas a revisión aparece primero en Diario Co Latino.  

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Samuel Amaya

@SamuelAmaya98

El fiscal general de la República, Rodolfo Delgado, explicó en la Comisión Política de la Asamblea Legislativa que las penas perpetuas que sean impuestas a violadores, homicidas y terroristas serán sometidas a revisión tras 25 a 40 años de permanecer en prisión.

“Como fiscal general de la Republica veo con beneplácito la iniciativa del señor presidente de la República, de reforma constitucional del artículo 27, inciso segundo, relacionado con quitar la prohibición a la pena de prisión perpetua”, inició Delgado.

“¿Por qué esta iniciativa de reforma debe ser ratificada?, es porque va dirigida a determinadas, personas que desgraciadamente forman parte de la sociedad salvadoreña, está dirigida a aquellos sujetos que han renunciado estructuralmente a mantener su rol de ciudadanos. Estas personas son focos de peligro persistentes para la estabilidad de todo el sistema de leyes de El Salvador”, comentó Delgado.

Lo anterior, explicó, ha tocado al Estado reaccionar con un “régimen diferente”, el cual es “imponer una pena de prisión de carácter permanente de todos aquellos que forman parte de estas organizaciones criminales o pandillas”.

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“Cada una de las instituciones del Estado (Legislativo, Ejecutivo, Judicial y el Ministerio Público) deben actuar en consecuencia de esas acciones que han realizado estas personas y lo único que podemos hacer es la neutralización de todas las personas que forman parte de esos grupos criminales, mediante la custodia que debe ser permanente; adecuada al peligro que ellos representan”, añadió Delgado.

A juicio del funcionario, esta no se trata de una iniciativa vengativa en contra de los criminales; “estas son medidas que están justificadas por la prevención que se va a lograr de futuros delitos que cometan estas personas en dado caso salgan en libertad en un corto tiempo”.

La reforma constitucional va acompañada de una serie de reformas a las leyes secundarias para darle “viabilidad” y “aplicabilidad práctica”, explicó Delgado en referencia a que la cadena perpetua se incorpora al Código Penal como la pena principal a aplicar para los delitos de naturaleza más grave, en este caso por ser pandilleros, violaciones y asesinos.

El funcionario explicó que la propuesta de reforma al Código Penal, incluye un artículo (6) donde se podrá realizar una revisión de la pena perpetua impuesta (Introducción del Artículo 92-B). Delgado aclaró que El Salvador, “como un estado de derecho, reconoce la necesidad de que en algún momento sea sometida a una revisión. Para que de esa forma, la pena perpetua armonice la seguridad que necesita la sociedad salvadoreña con el Estado de Derecho”.

El artículo en cuestión señala que la pena de prisión perpetua se ejecutará, con revisión obligatoria una vez cumplidos: “a) Veinticinco años, para delitos cometidos por menores de edad; b) Treinta años, si fuere un solo delito; c) Treinta y cinco, si hubiese concurso de delitos; d) Cuarenta años, cuando concurra una agravante específica o extrema gravedad cualificada.»

“Lo que buscamos con la implementación de estas reformas (…) es que esas penas, al mismo tiempo, sean sujetas a revisión y eso es lo que da garantía que es una norma que va a formar parte de un sistema jurídico civilizado, que va garantizar que los enemigos de la sociedad (violadores, homicidas, terroristas) no regresen al entorno social simplemente porque cumplieron una pena determinada que estableció un juez, sino que regresen cuando criminológicamente se logre establecer, mediante los estudios adecuados dentro de un nuevo sistema penitenciario, de que el riesgo que representa esas persona está totalmente neutralizado”, destacó Delgado.

La revisión corresponderá al juez competente, quien deberá motivar la existencia de un pronóstico individualizado favorable de reinserción social del condenado. Una vez cumplido el plazo para la revisión, según corresponda de acuerdo con los supuestos relacionados; a requerimiento del juez, el Consejo Criminológico Regional emitirá informe que deberá contener: evaluación de la evolución penitenciaria del interno, participación efectiva en programas de tratamiento y actividades de reinserción, informes psicológicos y psiquiátricos actualizados y un pronóstico individualizado de peligrosidad y probabilidad de reinserción social.

Será entonces que el juez convocará a audiencia en la que resolverá sobre la concesión o no del régimen de libertad controlada al condenado, tomando en cuenta el informe señalado. De concederse el régimen de libertad controlada, se impondrán medidas de control orientadas a prevenir y evitar la reincidencia delictiva, que fijará el Juez en atención a la naturaleza del delito por el que fue condenado el beneficiado, por el período de cinco años.

“La aplicación de estas penas perpetuas es totalmente compatible con el sistema interamericano de derechos humanos”, destacó Delgado, quien a la vez señaló que el sistema interamericano de DDHH lo que prohíbe, basado en el artículo 5.6 de la Convención Americana “son las penas perpetuas absolutas o fijas, que no ofrecen esperanza de liberación”.

Delgado enfatizó que la pena perpetua es una herramienta del derecho; “esta es una pena que en realidad, es de larga duración y que va a permitir, determinar en un momento dado si la persona a la cual se ha impuesto este tipo de pena, ha recuperado la voluntad de cumplir con las normas jurídicas del Estado”.

“Sin esta revisión, las penas serían inconstitucionales porque estaría contradiciendo al mismo artículo 27 (inciso tercero de la Cn.) y también contradiciendo los tratados internacionales suscritos por El Salvador”, comentó Delgado.

Delgado reconoció como positivo el nuevo delito que incorpora en el Código Penal en su artículo 344 sobre la pertenencia a organización terrorista conocida como pandilla; el simple hecho de pertenecer está sujeto a cadena perpetua.

España, Inglaterra, Italia, Argentina, Alemania, Estados Unidos tienen regulaciones en cadena perpetuas. La Comisión Política quedó abierta para seguir con el estudio del tema. Para el lunes 23 de marzo, se recibirá al presidente de la Corte Suprema de Justicia, Henry Mejía.

 Nacionales archivos – Diario Co Latino

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